¿Le estan reclamando una deuda asociada a una tarjeta revolving?
No dude en escribinos, le asesoramos durante todo el procedimiento
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Dentro de las múltiples opciones de tarjetas de crédito, en los últimos años se han popularizado las conocidas como tarjetas revolving o créditos renovables. Este producto es un crédito enfocado al consumo en el que el pago del dinero gastado se aplaza en el tiempo, incluso sin tener una cuota fija mensual. De este modo, el cliente puede consumir sin disponer de la liquidez necesaria, debiendo devolver al banco la cuantía gastada junto a intereses al finalizar el periodo.
Aunque el concepto no es necesariamente abusivo viene acompañado de unos intereses superiores a los de mercado. Esto hace que el producto pueda llegar a ser considerado usuario. Además, las cuotas son generalmente bajas, lo que prorroga en el tiempo los intereses o el capital prestado, lo que conlleva en la devolución de cantidades desorbitadas de dinero. La falta de explicación del funcionamiento del crédito y de los riesgos asociados, así como la ausencia de un estudio de solvencia del consumidor a la hora de contratación hacen que en muchas ocasiones lo tribunales declaren su nulidad y, en consecuencia, la devolución de los intereses pagados de más por el consumidor. Esta cifra puede ser incluso cercana a la totalidad del capital prestado.
La legislación ha considerado que hay usura cuando el interés del préstamo es manifiestamente superior al interés normal del dinero. La interpretación de los tribunales no es estandarizada ya que no se fija un porcentaje que se ha de superar, o un interés máximo que estos préstamos pueden tener. Por lo tanto, es necesario revisar el % TAE de la tarjeta en comparación con el interés medio en el momento de contratación del crédito.
Sobre la falta de transparencia, la normativa europea determinó que esta debe darse de forma doble. En primer lugar, las condiciones han de estar incorporadas al contrato. Es decir, se han de explicitar los términos y características del préstamo, los tipos de interés, el capital prestado y las cuotas, así como hacerlo con un texto legible y fuera de la “letra pequeña”. En segundo lugar, dichas condiciones y la explicación del funcionamiento del préstamo deben ser entendible para el consumidor, por lo que el contrato o la información otorgada al cliente debe ser la suficiente para que este comprenda la operación en el momento de la firma.
Ya sea por el paso del tiempo o por la falta de aportación de la entidad bancaria, es común que las personas que años atrás contrataron un préstamo revolving no dispongan de una gran cantidad de datos, como el contrato, modificaciones del mismo, los recibos que se dan a lo largo del préstamo o un cuadro de amortización histórico. En ese caso, si la información es necesaria para poder iniciar las acciones legales y no puede ser obtenida en el mismo procedimiento, será necesario iniciar un procedimiento judicial previo a fin de obtener la documentación.
Una vez se tengan todos los documentos, será necesaria la contratación de un informe pericial para calcular los daños sufridos. Desde el despacho le pondremos en contacto con el perito con el que habitualmente trabajamos, pero cada cliente es libre de acudir al profesional que desee para poder efectuar su informe. Este será clave ya que del mismo se deducirá la cantidad a reclamar.
En caso de haber contratado una tarjeta revolving, tener dudas de si la suya lo es, o si la entidad le está reclamando una deuda asociada a este tipo de tarjetas, no dude en acudir al despacho a fin de reclamar o defender sus intereses.